Transportes especiales

¿Que es un transporte especial?

En primer lugar, en los transportes especiales de mercancías, nos podemos encontrar con cargas convencionales que no cuentan con características especiales. Por este motivo, no van a suponer ningún problema de espacio ni tendrán que tener permisos especiales para su traslado.

Por otro lado, también existen mercancías pesadas que por ser de gran tamaño o muy pesadas sobrepasan las dimensiones del vehículo de un transporte convencional. Esta es la causa de que se necesite diferentes tipos de vehículos y los correspondientes permisos para su transporte pesado.

Por consiguiente, un transporte especial, se constituye por todas aquellas mercancías que por su volumen o dimensiones sobrepasan las medidas habituales de un camión articulado y que necesitan de vehículos y autorizaciones especiales para su transporte.

Además, según recoge el Reglamento General de Vehículos, la longitud máxima del camión articulado tiene que ser de 16,5 metros de largo y su anchura de 2,55 metros. Por este motivo, nos informan que cuando una mercancía especial no se puede recoger dentro de vehículos convencionales, se necesitará solicitar una autorización especial para circular por la carretera fuera de riesgos, con pretensión de evitar cualquier tipo de accidente para la seguridad vial, daños a las infraestructuras o prejuicios a la movilidad del resto de usuarios.

¿Qué mercancías requieren un transporte especial?

Sin duda, el servicio de transporte especial estará determinado por sus dimensiones, características y normas específicas. Además, las mercancías se enmarcan en tres grupos principales:

  • Grandes dimensiones
  • Perecedera
  • Peligrosa

También, las diferencias existentes respecto al transporte convencional se resumen en:

  • El conductor
  • El vehículo

¿Cuáles son las condiciones de circulación para transportes especiales?

Obviamente, la circulación de las mercancías especiales se estable en las normas recogidas en el Reglamento General de Circulación (anexo III). Además, se especifican las condiciones de circulación, expuestas en la autorización complementaria de circulación.

Cabe destacar, que las condiciones de circulación de los transportes especiales se compondrán de cláusulas relativas a prevenir los:

  • Riesgos inaceptables para la seguridad vial
  • Correcta estiba de la carga
  • Daños a la infraestructura
  • Perjuicios inadmisibles para la movilidad del resto de usuarios

 La circulación de los transportes especiales viene regulada en el Anexo III del Código General de Circulación.

http://www.dgt.es/es/seguridad-vial/normativa-y-legislacion/reglamento-trafico/circulacion-general/normas-basicas/

Autorizaciones para los transportes especiales 

Primero de todo, a la hora de solicitar cualquier permiso de transporte especial, se deberá de exponer las rutas previstas, incluyendo punto de origen, destino y vías a utilizar. Es muy importante que la ruta este correctamente estudiada, analizada y por supuesto, sea lógica.

A continuación, exponemos las diferentes autorizaciones. La elección dependerá de las dimensiones y peso del conjunto ( vehículo y carga). 

 

Permiso Genérico

Autorización para vehículos que en conjunto con la carga no excedan de las dimensiones y peso expuestos a continuación:

  • Longitud: 20,55 metros
  • Anchura: 3 metros
  • Altura:  4,5 metros
  • Peso: 45 toneladas

La velocidad máxima de circulación la que pueden circular este tipo de transportes especiales es de 70 km/h.

Horarios de circulación: Tanto de día como de noche.

 

Autorización Específica

En segundo lugar, disponemos de las autorizaciones específicas donde la carga y el vehículo no superen:

  • Longitud: 40 metros
  • Anchura: 5 metros
  • Altura:  4,7 metros
  • Peso: 100 toneladas

La velocidad máxima a la que pueden circular este tipo de transportes especiales es de 60 km/h.

Horarios de circulación: Tanto de día como de noche.

Autorizaciones Excepcionales

En último lugar, disponemos de las autorizaciones específicas determinadas por los valores siguientes:

  • Longitud: 40 metros
  • Anchura: 5 metros
  • Altura:  4,7 metros
  • Peso: 110 toneladas

La velocidad máxima a la que pueden circular este tipo de transportes especiales es de 60 km/h.

Horarios de circulación: Desde la puesta a salida del sol.

Puede disponer de información oficial en este enlace proporcionado:

https://www.mitma.gob.es/carreteras/normativa-tecnica/01-normativa-general-de-carreteras/017-transportes-especiales

https://sede.fomento.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/CARRETERAS/TRANSPORTES_ESPECIALES/NORMA.htm

¿Cuándo necesitaremos acompañar un servicio de transportes especiales con coche piloto?

Para finalizar, todos los transportes especiales ya sean por autopista, autovía o carretera convencional, siempre deben ir acompañados por vehículos piloto. La posición del vehículo o vehículos de acompañamiento, dependerá de las dimensiones de la carga. Este vehículo tendrá estará posicionado detrás o delante, a una distancia de entre 40 y 50 metros. De igual forma, cuando el vehículo de transporte especial sea mayor de 5 metros de anchura o 50 de longitud o no se pueda garantizar una velocidad mínima de 40 km/h, tendrán que ir acompañados por agentes de policías competentes en el área de actuación.

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